Las
atribuciones de aquellos Centros de Estudios aprobados por el Consejo
Universitario, serán las siguientes:
1.
Desarrollar el Plan Integral Político-Académico de la Universidad en torno a
programas y proyectos académicos asociados a las correspondientes áreas
académicas, conforme a las orientaciones del Consejo Universitario y Consejo
Académico, y con atención a los planes de desarrollo económico y social de la
Nación, a la universalización y municipalización de la educación universitaria
y a los ejes transversales integradores establecidos en el Reglamento General.
2.
Definir los componentes histórico-culturales y socioeconómicos de la respectiva
área académica, que enmarcan las diversas formas y relaciones socio-políticas
vigentes en los grupos sociales, así como las acciones humanas que conduzcan el
desarrollo independiente, endógeno y sustentable del país; todo ello con el
objeto de transformar continuamente el Estado y la sociedad.
3.
Asumir los problemas estratégicos de soberanía y seguridad nacional,
particularmente en lo concerniente a los procesos de orientación e integración
armónica de la sociedad con los diversos sectores políticos y económicos del
Estado, y con ello contribuir al crecimiento autosustentable del país, a partir
del área académica a la cual tributan
4.
Dirigir, coordinar y hacer seguimiento de programas y proyectos que definen
prioridades de formación integral, creación intelectual de saberes y
conocimientos, interacción socio-comunitaria y desarrollo integral de los
trabajadores académicos; en función de las necesidades del pueblo, así como del
avance del conocimiento y de las políticas institucionales de la Universidad.
5.
Contribuir a desarrollar, bajo la conducción de la Dirección General
Socio-Académica, los programas de formación de grado, proyectos socio-académicos,
estudios de idiomas y la formación interactiva y dialógica mediada por las
tecnologías de la información y la comunicación; mediante una educación
integral, emancipadora, crítica, reflexiva y transformadora.
6.
Desarrollar conocimientos científico-humanísticos desde todos los espacios y su
articulación con todos los actores involucrados en las respectivas áreas
académicas; así como realizar estudios, investigación y análisis integral de la
realidad venezolana, en los aspectos económicos, sociales, políticos,
culturales y ambientales, en el contexto del Proyecto Nacional Simón Bolívar.
7.
Fomentar la sistematización y socialización de los procesos inherentes al
desarrollo y recreación de los conocimientos teóricos, epistemológicos y
metodológicos del área académica correspondiente, desde una visión crítica de
los actuales enfoques de desarrollo y para la construcción de un nuevo marco de
comprensión, conciencia revolucionaria y transformación social.
8.
Generar, conjuntamente con la Dirección General de Integración Socioeducativa,
la vinculación interinstitucional necesaria para dar concreción a los
convenios, programas y proyectos de índole social, científico y tecnológico
donde los Centros de Estudios tengan participación directa o indirecta, así como
propiciar la autogestión necesaria para consolidar el ideal de soberanía
ideológica al servicio del Proyecto Nacional Simón Bolívar.
9.
Apoyar el desarrollo de programas y proyectos del Estado, mediante la
integración interinstitucional para solventar situaciones relacionadas con los
sectores productivos; así como trabajar en proyectos académico-comunitarios,
orientados hacia la democratización del conocimiento, la resolución de
problemas y la consolidación del desarrollo endógeno nacional y territorial.
10.
Propiciar acciones y programas de intercambio, cooperación e integración con
instituciones educativas y de investigación, en el marco del dinámico proceso
de integración nacional, latinoamericana, caribeña y mundial.
11.
Proponer nuevos programas de formación de grado y de estudios avanzados, a la
Dirección General Socio-Académica y Dirección General de Producción y
Recreación de Saberes, respectivamente, con las orientaciones de la Dirección
General de Currículo; además de evaluar los programas de formación y recursos
pedagógicos y técnicos existentes, para someter a la consideración de las
instancias antes mencionadas, los cambios curriculares necesarios.
12. Junto
a la Dirección de Desarrollo de los Trabajadores Académicos, formar
integralmente y actualizar de forma permanente, el personal adscrito al Centro
de Estudios, tanto en lo concerniente al ejercicio de ciudadanía, profesional e
intelectual orgánico, como en la esfera técnico-humanista.
13.
Consolidar su propósito y razón de ser, como centros académicos de referencia
nacional e internacional para el desarrollo integral de capacidades en
formación, investigación, interacción socio-comunitaria y gestión
socio-académica, de acuerdo al área académica correspondiente
14.
Propiciar junto a la unidad académica correspondiente, intercambios de diversa
índole con universidades nacionales y extranjeras, y con organismos
internacionales que realicen labores relacionadas con las actividades propias
de los Centros de Estudios, a los efectos de compartir experiencias y
transferir ciencia y tecnologías apropiadas al contexto nacional.
15.
Brindar asesoría nacional e internacional tanto a organismos públicos como
privados, sobre la investigación y el desarrollo teórico, práctico,
independiente, soberano y técnico de conocimientos y experiencias, propios del
Centro.
16.
Generar sistemas de información científico-humanística y técnica que permitan
la producción, consulta y uso de saberes y conocimientos estratégicos para la
toma de decisiones correspondientes a su área académica, tales como los
observatorios u otros sistemas similares.
17.
Rendir cuenta al Consejo Universitario y Consejo Académico, sobre sus
actuaciones, actividades desarrolladas y acciones emprendidas.
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