Según
el artículo 6 del SIDTA el PIDA es el marco conceptual y programático de la
planificación del desempeño de cada trabajadora y trabajador académico, el cual
comprenderá el conjunto de estrategias y líneas de acción que definan y
orienten su actividad investigativa, docente, de integración socioeducativa,
socio-productiva y de gestión político-académica institucional.
En
este sentido, el PIDA en su formulación, debe considerar las siguientes
dimensiones:
1)
Estar articulado con el Proyecto Nacional Simón Bolívar (Ley Plan de la Patria),
con los Planes de Desarrollo Económico y Social de la Nación, con las políticas
de educación universitaria del Estado y con el Plan Integral Político-Académico
de la UBV.
2)
Contribuir con el desarrollo de las Áreas Académicas aprobadas por el Consejo
Universitario, así como con el desarrollo de los Centros de Estudio y Núcleos
Académicos, en correspondencia con la ética socialista y bolivariana.
3)
Gestionar de manera flexible, una interacción permanente con las dinámicas
existentes en las comunidades, donde la trabajadora o el trabajador académico
despliegue la actividad político-académica.
4) Evaluar integral y continuamente la praxis
científico-técnica, socio-humanista, político-pedagógica,
investigativo-formativa, socioeducativa y socio-productiva que desarrolla de
manera integrada, la trabajadora o el trabajador académico. Artículo 13.- La
evaluación de los resultados obtenidos en el PIDA, será: a) Reflexiva y
autocrítica con miras a superar las carencias y debilidades encontradas en el
desarrollo del PIDA, preservando las fortalezas del mismo. b) Enfática en
valorar la producción, creación y recreación de conocimientos y saberes, para
su asimilación en la práctica social transformadora.
5)
Todos los trabajadores académicos deberán presentar un PIDA al comienzo del año
lectivo o cuando se considere, según sea la fecha correspondiente para optar al
escalafón inmediatamente superior.
6) Al
finalizar el periodo para el ascenso al siguiente escalafón, los trabajadores
académicos deberán aprobar la defensa pública de los resultados del PIDA ante
un jurado, sugerido por el núcleo de investigación, con el aval del CECSO.
7)
Los trabajadores académicos deberán presentar un informe de avance semestral
que contenga:
• La
sistematización de experiencias de su PIDA se hará en un mínimo de 20 páginas,
conteniendo los siguientes aspectos
·
Los resultados logrados en
relación con los objetivos.
·
Los alcances y limitaciones
que ha tenido el desarrollo del proyecto.
·
Las estrategias de difusión
o divulgación utilizada.
·
Descripción de actividades
con las comunidades, de investigación, administrativas, entre otras.
·
Otros aspectos que considere
importante señalar, que vincule la participación comunitaria y el desarrollo
del trabajo académico.
• El
informe deberá responder a los siguientes criterios:
·
Aporte cualitativo al logro
de los objetivos
·
Tiempo de dedicación
·
Compromiso con el
cumplimiento de la programación de las actividades (cuadro de las actividades)
·
Producción en la
investigación que provea información en diversas áreas de acción, de forma
oportuna y veraz.
·
Producción, promoción,
organización y capacitación a grupos para su constitución en espacios de
discusión, trabajo y ejecución de estrategias, según las necesidades de la
comunidad (talleres, asambleas, conversatorios, entre otros).
·
Identificar los alcances y
limitaciones que ha tenido en el desarrollo.
8)
Aprobar semestralmente un mínimo de un curso de formación del Plan de
Formación, según sus necesidades o del núcleo académico y el establecimiento de
sus prioridades en su PIDA. La instancia que ofrecerá los cursos presenciales o
virtuales será el centro de estudios u otras dependencias con competencias
académicas.
9)
Otros productos a consignar
·
Libro publicado
·
Artículo en revista
arbitrada
·
Artículo de divulgación
·
Ponencia anual nacional o
internacional
·
Participación y organización
de talleres, conferencias, jornadas, congresos, foros o coloquios
·
Trabajo especial de grado
·
Trabajo de grado
·
Tesis doctoral
·
Trabajos de ascenso
aprobados
·
Pasantías de investigación
·
Formación de talentos
·
Patentes de invención
·
Desarrollos tecnológicos
·
Obras registradas por
derechos de autor (literarias, musicales, artes visuales, escénicas y
producciones fonográficas)
·
Actividades de Ciencia,
Tecnología e Investigación, con impacto en espacios sociocomunales u otras
organizaciones comunitarias avalados por una carta emitida por consejos
comunales, acompañada del informe respectivo
·
Productos de proyectos de
investigación
·
Organización y preparación
de talleres, seminarios, cursos y material de apoyo, planificación, creación,
recreación y evaluación curricular
10)
Participar en un encuentro e intercambio anual que genere propuestas sobre el
conjunto de problemas, pertinentes para las relaciones entre los distintos
campos de conocimiento y la Ley Plan de la Patria.
11) La
trabajadora o trabajador académico que curse estudios de cuarto o quinto nivel
deberá reflejarlo en su PIDA anual. En caso de que dichos estudios vayan a ser
presentados como trabajo de ascenso, deberán ser ajustados a los lapsos según
solicitud de ascenso y aprobación del Consejo Universitario.
12)
La planificación del PIDA deberá presentarse de manera anual, con avances de
resultados semestrales, finalizando con la socialización de los resultados ante
un jurado sugerido por el comité regional del CECSO, de acuerdo al tiempo para
cada escalafón, según la Ley de Universidades.
El
jurado estará compuesto por profesores ordinarios o jubilado de la UBV. En el
caso de no contar con profesores con escalafón en la UBV, se podrá nombrar un
jurado externo con la categoría requerida para el ascenso.
13)
Los profesores contratados que tengan un 1 año ininterrumpido en sus funciones
deberán socializar y aprobar el PIDA para su renovación de contrato, y podrán
optar al concurso de oposición para ingresar como profesores ordinarios una vez
que hayan cumplido un segundo contrato (artículo 23 parágrafo 1 del reglamento
SIDTA). De manera que el desempeño del PIDA en esos 2 años se tomará en cuenta
en el concurso de oposición, junto con la evaluación de la trayectoria político
académica y la socialización del informe crítico (artículo 40, reglamento
SIDTA).
El
informe crítico se elaborará de acuerdo a lo establecido en el artículo 34,
capítulo 8 del SIDTA.
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