Los Núcleos
Académicos del CECSO de la Universidad Bolivariana de Venezuela tendrán las
siguientes atribuciones comunes en cada Eje geopolítico:
1.
Será inter, trans y multidisciplinario y estará conformado por un mínimo de
cinco y hasta trece trabajadores académicos.
2. Podrá
construir y proponer políticas, lineamientos, programas y proyectos a ser
aplicados y desarrollados con pertinencia geopolítica, socioeconómica,
geohistórica, sociocultural y socioambiental, y de manera articulada con los
Núcleos Académicos de otras instituciones de educación universitaria y con
órganos y entes del Estado para la investigación, planificación y gestión de
proyectos.
3.
Las trabajadoras y trabajadores académicos estarán adscritos a un Centro de
Estudios, donde presentarán su PIDA, según el artículo 8 del SIDTA.
4.
El núcleo podrá estar conformado por trabajadoras y trabajadores académicos,
vinculados a diferentes áreas y líneas de investigación, quienes elegirán un
vocero, que formará parte del Comité Regional del CECSO.
5.
El núcleo solicitará al CECSO su aprobación, mediante una comunicación con la
información siguiente: nombre del núcleo, nombre, apellido y cédula de los
trabajadores académicos adscritos al núcleo, con las firmas de cada uno de los
solicitantes, línea de investigación de adscripción al CECSO.
6.
Los núcleos académicos desarrollarán actividades académicas, administrativas,
políticas y socio-comunitarias, como mínimo durante 8 horas semanales, dentro
de la carga académica del trabajador o trabajadora académica.
7. Las
reuniones se realizarán cuando exista el quórum reglamentario (con la presencia
de la mitad más uno de los miembros del núcleo).
8. Para
la elaboración de la agenda de trabajo de cada reunión del núcleo, sus
integrantes enviarán al vocero los puntos que consideren anexar. El vocero socializará
la agenda entre los miembros del núcleo, por lo menos con 2 días de antelación
a la fecha establecida para la reunión.
9.
El secretario de actas de la reunión del núcleo será nombrado por los miembros
al inicio de cada sesión y tendrá la responsabilidad de registrar decisiones
tomadas y organizar el acta en su respectivo archivo.
10.
El núcleo designará un tutor o tutora con escalafón, al trabajador académico
que haya ganado un concurso de credenciales y de oposición para cumplir con su
seguimiento y evaluación durante un periodo de 2 años, exigido en el Plan
Integral de Desarrollo de los trabajadores y trabajadoras académicos, según SIDTA.
11.
El núcleo presentará al Comité Regional del CECSO la planificación anual de los
PIDA de cada uno de las trabajadoras y trabajadores académicos que lo conforman
para su evaluación semestral, según artículo 9 y 10 del SIDTA.
12.
El núcleo solicitará al Comité Regional del CECSO la defensa pública de los
resultados del PIDA del trabajador o trabajadora académico, de acuerdo al
tiempo y escalafón que le corresponda. Según artículo 15 del SIDTA.
13.
El núcleo deberá rendir cuentas al Comité Regional del CECSO sobre sus
actuaciones, actividades desarrolladas y acciones emprendidas cada 6 meses, a
través de una socialización de los resultados alcanzados en el periodo en
interacción con la comunidad universitaria y el poder popular.
14.
El núcleo deberá solicitar al Comité Regional la incorporación a la agenda de
los puntos de discusión de diferentes actividades, que presentará para su
evaluación y aprobación, tales como: PIDA, actividades académicas
administrativas, comunitarias, políticas, año sabático, permisos por salud,
permisos académicos, comisiones de servicio, excedencia, jubilación entre
otros.
15.
El vocero del núcleo deberá presentar en cada evaluación la incorporación y
desincorporación de trabajadoras y trabajadores académicos.
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